Las cuotas de nuestra asociación se fijan con el objetivo de garantizar la sostenibilidad financiera de la organización, permitiéndonos seguir ofreciendo servicios de calidad a nuestros socios y promoviendo iniciativas que beneficien al sector en su conjunto. La cuota anual se estableció sobre la base de un estudio detallado de las necesidades operativas de la asociación, así como de las condiciones económicas de los miembros. Este valor refleja un justo equilibrio entre la contribución de los socios y los beneficios ofrecidos, y puede reajustarse periódicamente en función de la evolución de los gastos y las necesidades de la asociación. La contribución de cada socio, a través del pago de las cuotas, es fundamental para fortalecer y continuar las actividades que promueven el desarrollo y la representatividad de nuestra área de actividad.
Facturación año anterior (euros) / Cuota anual de afiliación
0 € a 250.000 € > 50 €
250.000€ a 500.000€ > 100€
500.000€ a 1.000.000€ > 150€
1.000.000€ a 2.000.000€ > 200€
2.000.000 € a 3.000,00 € > 250 €
Más de 3.000.000€ > 350€
*Más el IVA
Sistema de cuotas para grupos de empresas
Se considera que las empresas tienen una relación de Grupo cuando una de ellas posee más del 50% del capital de la otra u otras, o cuando los socios comparten al menos el 50% del capital.
Las empresas que se encuentran en esta situación están sujetas al el siguiente sistema de cotización:
La sociedad con mayor volumen de negocio pagará la cuota que resulte de aplicar la escala vigente. La otra u otras pagarán el importe correspondiente al 50 por ciento de lo que resulte de aplicar la escala.
Corresponde a las empresas que se encuentren en esta situación declarar su situación, o cualquier cambio posterior, al inicio de cada año natural.
Para ser socio del APPG debe cumplir los siguientes requisitos, de acuerdo con los Estatutos:
1. Puede hacerse socio cualquier fabricante, importador, distribuidor, minorista, sociedad de responsabilidad limitada o empresario individual que acepte los estatutos y el reglamento de la Asociación y:
a) Haber sido constituidas en Portugal, teniendo el respectivo NIF (número de identificación fiscal) Que tengan productos de Papelería y/o Regalo en su actividad comercial;
b) Que tengan en su actividad comercial productos de Papelería y/o Regalo.
2. La admisión de socio tendrá lugar a propuesta y es competencia de la Junta Directiva.
3. Las condiciones de admisión y exclusión de los socios se establecerán en un reglamento interno que deberá aprobar la Asamblea General.